El Rectorado de la Universidad Nacional de La Pampa (UNLPam) dictó la Resolución N.° 488/2026, ad referéndum del Consejo Superior, por la que manifestó su rechazo al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del 29 de septiembre de 2026 en la causa “C.E.C.I.M. La Plata c/ PEN s/ amparo ley 16.986”, por sus implicancias en términos de institucionalidad y respeto a los principios republicano y democrático de gobierno.
La medida responde a un pedido de consejeras y consejeros superiores y será puesta a consideración del cuerpo en su próxima sesión, prevista para el 7 de octubre.
La causa se originó en la acción de amparo que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) promovió contra el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia N.° 70/2023, que derogó la Ley N.° 26.737 de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales, sancionada en 2011. El Juzgado Federal de La Plata, a cargo de Ernesto Kreplak, había declarado la inconstitucionalidad de ese artículo, en una sentencia confirmada luego por la Cámara Federal. La Corte Suprema revocó esa decisión y rechazó la demanda al considerar que el CECIM carecía de legitimación activa.
Según los fundamentos de la resolución, a partir de este fallo cualquier persona física o jurídica extranjera, o cualquier Estado extranjero, puede comprar tierra rural en la Argentina sin límite alguno, incluso en zonas de frontera. El texto sostiene además que la decisión profundiza el declive de las capacidades estatales de regulación sobre el territorio y sus recursos, al subordinar las herramientas de protección social y ambiental a criterios de mercado.
La Universidad ya se había pronunciado sobre el tema frente al Proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que el Poder Ejecutivo Nacional elevó al Congreso en marzo, a través de la Resolución N.° 399/2026 de Rectorado, ratificada por la Resolución N.° 246/2026 del Consejo Superior. Tras sucesivas negociaciones, del proyecto se eliminaron los capítulos referidos a la compra de tierras por parte de personas extranjeras y a la Ley de Manejo del Fuego; la versión reducida obtuvo media sanción en el Senado el 6 de agosto, con 37 votos afirmativos y 33 negativos, y aguarda tratamiento en la Cámara de Diputados. La resolución recuerda también la declaración del Consejo Interuniversitario Nacional, en la que rectoras y rectores sostuvieron que la tierra no puede concebirse únicamente como mercancía o activo financiero, sino como territorio, ambiente, producción, identidad, comunidad y soberanía.
En ese marco, la UNLPam expresó su preocupación en defensa de la soberanía nacional y de los recursos estratégicos, escasos y no renovables del país, y en particular de la provincia de La Pampa, frente a los procesos de extranjerización y concentración de tierras. Asimismo, reafirmó su compromiso institucional con la producción de conocimiento científico y técnico al servicio de las decisiones que comprometen el territorio, los recursos estratégicos y la soberanía nacional.